"Es el protocolo de actuación relativo a la seguridad y manipulación que ha de seguirse durante el período de vida de una prueba, desde que ésta se consigue o se genera, hasta que se destruye o deja de ser necesaria”.
La cadena de custodia implica, necesariamente, las siguientes etapas:
- Extracción o recolección de la prueba.
- Preservación y embalaje de la prueba.
- Transporte o traslado de la prueba.
- Traspaso de la misma, ya sea a los laboratorios para su análisis, o a las diferentes fiscalías para su custodia.
- Custodia y preservación final hasta que se realice el debate.
Los elementos básicos que componen una cadena de custodia son: - Identificación física y marcado de los materiales certificados.
- Separación estricta de materiales certificados y no certificados.
- Sistema de garantía del origen en cada etapa de producción.
- Documentación y registros de control.
- Sistema de procesado y mantenimiento de la información.
- Identificación del producto final certificado.
- Formación de los trabajadores.
- Tiempos de clonado
- Verificación de huellas digitales
- Como se realiza la cadena de custodia
- Firmas en el acta de los intervinientes
Como complemento a dicha cadena de custodia, una vez finaliza la copia exacta, o copia espejo, del disco duro en cuestión, el perito ante notario, procede a calcular el “hash criptográfico”, un cálculo matemático cuyo resultado es una combinación de números y letras con la peculiaridad que cualquier cambio en la información, por pequeño que sea, altera totalmente su “hash”, siendo imposible encontrar otra información que tenga como resultado el mismo “hash”. Una vez establecida la cadena de custodia, el perito informático comienza el Análisis Forense.
En consecuencia, la cadena de custodia de los medios de prueba encuentra su fundamento en los siguientes principios probatorios:
- Principio de aseguramiento de la prueba.
- Principio de la licitud de la prueba.
- Principio de la veracidad de la prueba.
- Principio de la necesidad de la prueba.
- Principio de la obtención coactiva de la prueba.
- Principio de la inmediación, publicidad y contradicción de la prueba.
No hay comentarios:
Publicar un comentario